A
A título gratuito:
causa jurídica de adquisición de bienes o derechos sin equivalencia económica
a cambio.
A título oneroso: causa jurídica de adquisición de
bienes o derechos a cambio de una equivalencia económica.
Abono en cuenta: cantidad
que el deudor del ingreso acredita en su contabilidad a favor de su acreedor
por tratarse de un crédito exigible jurídicamente en dicha fecha.
ABSOLUCIÓN: Sentencia de un Juez o de un Tribunal que declara inocente a un
acusado.
AB INTESTATO: Persona que murió sin haber hecho testamento.
Acciones:
títulos representativos de la participación de una persona natural o jurídica
en el capital de una
sociedad anónima. Parte alícuota del capital social de una empresa.
Suelen otorgar ciertos derechos a sus propietarios, entre otros, derecho a
parte de los beneficios, a una cuota de la liquidación en caso de disolución,
a voto en las Asambleas y derecho preferente de suscripción de acciones
nuevas.
Acreedor: sujeto activo de una
obligación; quien tiene derecho para pedir alguna cosa, prestar algún servicio
o abstenerse de ejecutar un acto; quien puede exigir especialmente el pago de
una deuda; el titular de créditos en contra de una persona natural o jurídica.
ACUERDO: Resolución que dicta el Juez.
Activo: monto
total del haber de una persona natural o jurídica; conjunto de cuentas del
balance que representan derechos patrimoniales a favor de una persona natural
o jurídica.
Activo Circulante: cuentas del balance que
representan el dinero efectivo que posee una persona natural o jurídica, así
como aquellas susceptibles de convertirse en dinero, en servicios, o
consumirse a corto plazo.
Activo Derivado: instrumento financiero cuyo valor
depende de otros títulos o activos subyacentes y cuyo objetivo es transferir
el riesgo de estos últimos.
Activo Fijo: cuentas del balance que representan
bienes susceptibles de ser usados por un plazo más o menos largo sin que se
consuman, que han sido adquiridos por una persona natural o jurídica para su
giro.
Activo Financiero: instrumentos financieros que
forman parte del activo.
Activo Intangible: bien de naturaleza no corporal.
Activo Monetario: partida del balance que no se
protege de la inflación por estar expresado en moneda nacional; pierden valor
por efecto de la inflación.
Activo No Monetario: partida del balance que se
protege de la inflación (inmuebles, construcciones, inventarios, acreencias en
moneda extranjera); activo que no se desvaloriza por efecto de la inflación;
activo que incrementa su valor por efecto de la inflación.
Activo Subyacente: bien o derecho representado en
otro que se negocia en forma independiente; activo sobre el que se efectúa la
negociación de un activo derivado.
Activo Tangible: bien de
naturaleza corporal.
ACTUARIO: Secretario del Juez encargado de realizar cuantas diligencias le
encomiende éste.
ACTA: Documento en el que se hace constar determinado acto judicial.
ADULTERIO: Relación sexual entre hombre y mujer, cuando uno de ellos se
encuentra unido en matrimonio con otra persona.
Agente: quien,
en virtud de una relación comercial, representa a una persona natural o
jurídica.
Agente de percepción: sujeto que legalmente está
obligado a cobrar a su deudor una parte del monto que le adeuda para abonarlo
al Fisco.
Agente de retención: sujeto que
legalmente está obligado a deducir a su acreedor una parte del monto adeudado
para abonarlo al Fisco.
AGRAVIADO: Toda persona que sufre una lesión jurídica.
AGRAVIO: La lesión o perjuicio que recibe una persona en sus derechos o
intereses en virtud de una resolución judicial.
ALEGATOS: Razonamientos con que los abogados de las partes en litigio
pretenden convencer a los jueces de la razón que les asiste, pudiendo ser
orales o por escrito. La exposición razonada, verbal o escrita que hace el
abogado para demostrar, conforme a derecho, que la Justicia asiste a su
cliente.
Alícuota tributaria: cantidad fija, tanto
por ciento, tarifa o escala de cantidades que se aplica a la base imponible
para determinar el tributo a pagar.
ALLANARSE: Conformarse con una resolución o con la pretensión del colitigante.
Amortización: anotación contable que
permite imputar el monto de una inversión como gasto durante varios años.
Reconoce por tanto la pérdida de valor o depreciación de un activo a lo largo
de su vida física o económica.
AMPARO: Juicio o recurso que se interpone ante un Tribunal Federal para que se
reconsidere o se deje sin efecto un acuerdo o una sentencia dictados por una
autoridad cuando se considera que se han violado derechos o garantías
individuales, se encuentra establecido por los artículos 103 y 107
Constitucionales.
Anatocismo:
cobro de intereses sobre intereses.
Anticresis: contrato por el cual el acreedor
adquiere el derecho de hacer suyos los frutos del inmueble que se le entregue,
con la obligación de imputarlos a los intereses, si se le deben, y luego al
capital de la acreencia.
Año civil: el que transcurre entre el 1° de enero y
el 31 de diciembre.
Apoderado: quien representa a
una persona natural o jurídica en virtud de un poder otorgado con las
formalidades de ley.
APODERADO JUDICIAL: Es el mandatario con poder bastante para representar en
juicio ante los Tribunales a su mandante.
Aprendices: menores sometidos a formación
profesional sistemática del oficio en el cual trabajen y sin que previamente
hayan egresado de cursos de formación para dicho oficio.
ARANCEL: Conjunto de disposiciones para regular el monto de los honorarios por
ciertos servicios profesionales. La tarifa legalmente aprobada que determina
los honorarios que tienen derecho de cobrar determinadas personas como los
abogados, peritos y profesionistas en general.
ARBITRAJE: Forma de arreglar un conflicto cuando las dos partes en pugna
consienten en someterse a la decisión de una tercera persona ajena a tal
conflicto.
Arbitraje: acuerdo en virtud del cual las
partes convienen someterse a la decisión de árbitros no jueces para resolver
un conflicto existente entre ambas.
ARCHIVO JUDICIAL: El lugar donde se conservan los expedientes que han
concluido o han dejado de tramitarse.
Arrendamiento: contrato en virtud del cual
una persona da a otra el uso de un bien a cambio del pago de un precio.
ARRESTO: Detención de un presunto culpable por las autoridades judiciales o
administrativas.
Asistencia técnica:
suministro de instrucciones, escritos, grabaciones, películas y demás
instrumentos similares de carácter técnico, destinados a la elaboración de una
obra o producto para la venta o la prestación de un servicio específico para
los mismos fines de venta.
Atraso: iliquidez del
comerciante que hace retrasar o aplazar sus pagos, no obstante que su activo
supera positivamente su pasivo.
AUDIENCIA: Acto en que un Juez o un Tribunal escucha al acusado o a los
litigantes.
AUTOS: Conjunto de las diferentes piezas de que la causa o pleito se compone.
Aval: garantía del pago de una letra de
cambio otorgada por una persona distinta del obligado
principal.
B
Base fija: lugar a través del cual se
prestan servicios personales independientes.
BIENES AB INTESTATO: Son los bienes que deja una persona al morir sin disponer
de ellos por medio de testamento válido.
Bienes inmuebles: cosas corporales que por
su naturaleza prestan su utilidad permaneciendo fijas (por ejemplo, terrenos,
edificios); también las cosas que el propietario del suelo haya puesto en él
para su uso, cultivo o beneficio (por ejemplo, animales de labranza); y los
derechos que tiene por objeto bienes inmuebles (por ejemplo, los derechos de
usufructo).
BIENES HEREDITARIOS: Los que deja una persona al morir y pasan a ser propiedad
de sus herederos, sean éstos testamentarios o legítimos.
Bienes muebles: aquellos que pueden cambiar
de lugar por sí mismos o movidos por una fuerza exterior; los derechos, las
obligaciones o acciones que tiene por objeto bienes muebles; y las acciones o
cuotas de participación en sociedades civiles o de comercio.
BOLETÍN JUDICIAL: Es el periódico en el que se publican las listas de los
juicios en los que se ha pronunciado alguna resolución judicial para hacerla
saber a los interesados a fin de que concurran a los tribunales a enterarse
del acuerdo respectivo.
Bolsa de Valores: centro de transacciones debidamente organizado donde se
negocian títulos valores de diversa índole; establecimiento autorizado donde
se reúnen los corredores con el fin de realizar las operaciones de
compra-venta de títulos valores, por cuenta de sus clientes, especialmente;
mercado institucional en el que se cumple el proceso de intercambio de los
valores en circulación, mediante operaciones de compraventa.
Bonos: títulos que representan
deudas de quienes los emiten, los cuales son utilizados para obtener recursos
o financiamiento a determinados plazos.
BUENA FE: La convicción o creencia que una persona tiene respecto de ser el
titular de un derecho, el propietario de una cosa, o de que su conducta está
ajustada a la ley.
C
CADUCIDAD: Extinción de la instancia judicial porque las dos partes abandonan
el ejercicio de la acción procesal.
Calendario del Contribuyente:
cuadro indicativo de los plazos en que el contribuyente debe dar cumplimiento
a las diferentes obligaciones fiscales.
Cámara de Compensación: es aquella que se encarga de
centralizar y organizar los pagos y cobros de cheques dentro del mercado.
Evita el movimiento físico de dinero y proporciona agilidad al sistema de
pagos.
Capacidad económica: fuente de la cual se detrae el
importe del impuesto.
Capaz en Derecho: persona apta en relación a
derechos y deberes jurídicos.
Capital: partida del
balance que refleja las aportaciones de los socios o accionistas a la
sociedad.
CASO: Punto a debate o cuestión litigiosa.
Caso fortuito: cualquier suceso o
acontecimiento que normalmente no puede preverse ni evitarse.
CAUSAHABIENTE: Sucesor jurídico de una persona o sea quien ha adquirido una
propiedad o un derecho de otra persona que a su vez se llama causante.
Cédulas Hipotecarias: títulos hipotecarios
que se emiten con garantía de créditos hipotecarios de primer grado,
previamente constituida a favor de bancos hipotecarios.
CESIÓN DE BIENES: Abandono que el deudor hace de todos sus bienes ante el Juez
competente, para que con el importe de aquéllos sean pagados sus acreedores
hasta donde alcance el patrimonio del deudor a cubrir los créditos.
Cesión: transmisión de un derecho de
crédito.
COMPARECENCIA: Presentarse físicamente ante el Juez o Tribunal para llevar a
cabo un acto procesal, sea espontáneamente o por llamado del Juez.
COMPROMISO: Convenio que celebran dos o más partes para someter sus
diferencias a juicio arbitral.
Comisión:
contrato en virtud del cual un comerciante encarga a una persona la ejecución
de actos u operaciones mercantiles; es también el importe que se adeuda en
virtud de un servicio mercantil.
Comisionista: quien ejerce actos de comercio por
cuenta ajena, en nombre propio o de quien representa.
Comodato: contrato en virtud del cual el comodante
da un bien al comodatario para que lo use, sin contraprestación dineraria
alguna.
Comodante: el que da en uso a otro un bien
gratuitamente.
Comodatario: el que recibe un bien en uso
gratuitamente.
Comuneros: Persona que comparte la titularidad de un
derecho con otros.
Comunidad: derecho cuya titularidad pertenece a más
de una persona.
Concesión: habilitación
concedida por el Estado para llevar a cabo determinado negocio que está
reservado al Estado.
CONCUBINATO: Acuerdo mediante el cual un hombre y una mujer, ambos libres de
matrimonio, deciden hacer vida conyugal, sin casarse.
Confiscatorio:
acción de privación de bienes; que revoca el derecho de propiedad.
Conflicto Colectivo de Trabajo:
oposición o pugna manifestada entre un grupo de trabajadores y uno o más
patronos.
CONSENTIDO: Sentencia, auto o decreto, contra el cual no se interpone ningún
recurso dentro del término de ley o expresamente se manifiesta conformidad con
él.
Consignación:
depósito de dinero, efectos, bienes o mercaderías.
Consignatario: el que recibe en consignación.
Consorcios: asociaciones entre empresas con la
finalidad de realizar una actividad económica, sin que por ello tales empresas
pierdan su personalidad jurídica.
Consortes: empresas que se
asocian para realizar una actividad.
CONTENCIOSO: Todo asunto que está sujeto a juicio.
CONTESTACIÓN: Escrito en el que el demandado evacúa el traslado de la demanda
y da respuesta a ésta.
CONTRADEMANDA: Demanda que el reo hace valer contra el actor en el mismo
juicio en que es demandado.
CONTRATO: Acuerdo celebrado entre dos o más personas por medio del cual se
imponen o se transfieren una obligación o un derecho.
Contribuciones a organismos públicos:
cantidad exigida por ley destinada al financiamiento del organismo público
acreedor de la misma.
Contribuciones Parafiscales:
derechos y demás percepciones exigibles por el Estado o por los organismos
públicos para cubrir necesidades económicas, sanitarias, profesionales o de
otro orden.
CÓNYUGE: Cualquiera de los esposo (marido y mujer) con relación al otro.
COSTAS: Gastos que es necesario hacer para iniciar, tramitar y concluir un
juicio.
Costo: costo de bienes y servicios
destinados a la productividad.
COSTUMBRE: Práctica muy usada y recibida que ha adquirido fuerza de precepto.
Costumbre:
normas jurídicas no escritas, impuestas por el uso.
Cotización: precio de mercado en el que se oferta un
bien o derecho; precio de una prima; también se califica como tal el aporte
contributivo a un organismo público.
Crédito: contrato por el
cual una persona natural o jurídica obtiene temporalmente una cantidad de
dinero de otra a cambio de una remuneración en forma de intereses. Llegado el
momento del vencimiento, el deudor deberá devolver el monto otorgado más sus
respectivos intereses.
CUERPO COLEGIADO: Conjunto de Magistrados o de funcionarios que integran un
organismo con facultades de decisión.
Curador: persona designada para cuidar los
bienes o negocios de un incapaz.
D
DACIÓN: Voz forense que en los Tribunales y Juzgados se acostumbra usar, para
expresar con ella el acto por virtud del cual se pone a una persona en
posesión de determinada cosa.
DATOS: Documentos, indicios o testimonios en que se apoya alguna cosa.
DAR FE: Hacer constar los actos y hechos jurídicos para que tengan valor
legal.
DEBATE: Controversia o discusión de carácter jurídico.
Deberes Formales Tributarios: son aquellos
que guardan relación con la determinación de los tributos, y facilitan la
labor de la fiscalización; por ejemplo, presentar las declaraciones.
DECLARACIÓN: Manifestación que se hace en un juicio, o de un procedimiento
administrativo, de saber o de no saber una cosa al ser interrogado por una
autoridad. Acto por el cual expresa una persona su voluntad o da a conocer lo
que sabe sobre una cuestión litigiosa.
Declaración Impositiva:
manifestación ante la Administración Tributaria, mediante los formularios
expedidos a tal fin, de los hechos y bases imponibles de los correspondientes
tributos.
Declaración Estimada: deber
formal del contribuyente de manifestar ante la Administración Tributaria,
mediante los formularios expedidos a tal fin, los enriquecimientos que estima
obtendrá en determinado período, a fin de que el Fisco reciba un pago
anticipado de los tributos aplicados a los mismos.
DECRETO: Acto emanado del Poder Público que se refiere al modo de aplicación
de las leyes. Resolución del Juez de mero trámite.
DE CUJUS: Palabras que designan a una persona que ha muerto y ha dejado una
herencia.
Deducciones: egresos causados no imputables
al costo, normales y necesarios hechos en el país con el objeto de producir el
enriquecimiento.
DEFENSA: Conjunto de actos encaminados a salvaguardar los intereses legítimos
implicados en un proceso.
DEFENSOR: Persona que toma a su cargo la defensa de otra en un proceso
judicial, civil o penal.
DEFINITIVA: Sentencia que decide un juicio en lo principal.
Defraudación: obtención de beneficios en
detrimento de los derechos del sujeto activo del tributo.
DELITO: Cualquier acto ilícito que causa un daño y entraña una
responsabilidad.
DELITO FLAGRANTE: Aquel en cuya ejecución es sorprendido el autor, de manera
que no puede negarlo.
DEPOSITARIO JUDICIAL: Persona que recibe por orden judicial y mediante
procedimientos judiciales, una cosa para su guarda y conservación, y también a
una persona para su debida custodia.
Depreciación:
disminución del valor o precio de un bien, en virtud de su uso o por el
desgaste; distribución del costo de bienes tangibles entre los años estimados
de vida útil de los mismos.
Derecho real: derecho que atribuye al titular un
poder sobre una cosa determinada sin necesidad de intermediario alguno
personalmente obligado y que impone asimismo a todo el mundo un deber de
respeto o exclusión.
Descuento: transferencia de un crédito a su valor
nominal menos un premio.
Desgravámenes: aquellos
gastos de tipo personal o familiar que pueden ser deducidos de la renta de las
personas naturales antes de calcular el impuesto.
DESIERTA: Apelación que no se continúa en debida forma por el que la
interpuso.
DESPACHO: Mandamiento u orden que da el Juez por escrito para que se haga o no
se haga alguna cosa.
Deudor: sujeto pasivo de una obligación;
obligado a cumplir una prestación.
DICTAMEN: Documento o declaración verbal que el perito produce ante el Juez
que conoce del litigo, y en el que consta su juicio sobre los puntos que le
fueron sometidos.
DILACIÓN: Lapso dentro del cual se debe ejercitar un derecho, cumplir una
obligación o carga procesal.
DILIGENCIA: Actuación del Secretario Judicial en un procedimiento criminal o
civil; acta que el escribano extiende para acreditar la comparecencia de una
persona
DISPENSA: Liberación que se hace a favor de una persona del cumplimiento de
alguna carga u obligación.
Dividendo: parte de las utilidades que se
reparte entre los accionistas de una sociedad anónima.
DIVORCIO: Disolución legal del vínculo matrimonial.
Doble Imposición Internacional: cuando se
aplica a la vez en dos o más países, a una persona, impuestos de naturaleza
similar por el mismo hecho imponible y por el mismo período fiscal.
DOLO: Maniobra o maquinación de mala fe de que alguien se sirve para engañar a
otro o llevarlo a consentir un acto en su contra.
Domicilio: lugar en donde se encuentra el
asiento principal de derechos e intereses de una persona natural o jurídica.
E
EDICTOS: Publicaciones ordenadas por el Tribunal para practicar una
notificación o convocar a determinadas personas, a fin de que comparezcan a
ejercitar sus derechos en un proceso.
Efectos Mercantiles: conjunto de títulos de
crédito que a tiene a su favor un comerciante.
EJECUTORIA: Resolución que ya no admite ningún recurso.
Ejercicio Anual:
lapso de doce meses en el cual se realiza la actividad económica de un sujeto;
lapso de doce meses en el que se ejecuta el presupuesto de un sujeto, y al
cabo del cual se determina el estado de ganancias y pérdidas; suele coincidir
con el año civil.
Ejercicio Gravable: aquel en el
que se devenga el impuesto.
EMBARGO: Procedimiento por medio del cual un tribunal o un organismo oficial
pone bajo su autoridad los bienes de una persona, para proteger los intereses
de sus acreedores o los intereses públicos.
Embargo: medida
preventiva o definitiva que recae sobre bienes muebles del deudor por acción
interpuesta por su acreedor, para conminarlo al pago de la acreencia u obtener
el pago de la misma.
Empréstito: crédito o préstamo
que toman las empresas o el Estado mediante la emisión de títulos nominativos
o al portador y que se coloca en los mercados para captar recursos.
ENAJENACIÓN: Transmisión autorizada legalmente de una cosa o un derecho de la
persona que la posee a otra que la adquiere.
Enfermedad profesional:
la producida por el ejercicio habitual de una ocupación, con efectos
perjudiciales para la salud del trabajador.
Enfermedad no profesional: enfermedad que, sin
derivarse de la prestación de los servicios, imposibilita o suspende la
realización del trabajo.
Entidades de Inversión Colectiva: instituciones que
captan públicamente fondos o aportes para gestionarlos, estableciéndose el
rendimiento del inversor en función de los resultados colectivos mediante
fórmulas jurídicas distintas al contrato de
sociedad.
Equidad: igualdad; valor
que afianza la justicia; justicia natural, por oposición a la norma jurídica
escrita.
ESCRITURA PUBLICA: La escritura otorgada ante Notario Público y autorizada por
él. Instrumento que se asienta en el protocolo y en donde el Notario, con su
sello y firma, da fe de un acto jurídico celebrado en su presencia.
Establecimiento Permanente:
sucursal, sede de dirección, oficina, fábrica, taller, local o lugar fijo de
negocios, instalación, almacén, tienda, establecimiento, obra de construcción.
Evasión Fiscal: actuación del
contribuyente que lesiona el derecho del Estado a percibir los tributos de
acuerdo con la ley.
Exacción:
tributo.
Exención: dispensa total o
parcial del cumplimiento de la obligación tributaria otorgada por ley.
EXHORTO: Requerimiento por escrito de un Juez a otro de su misma categoría y
de igual o distinta jurisdicción para que practique determinada diligencia.
Exoneración:
dispensa total o parcial del cumplimiento de la obligación tributaria
concedida por el Ejecutivo Nacional en los casos autorizados por la ley.
Extraterritorial: que se produce
fuera del territorio.
F
Factor Mercantil:
auxiliar del comerciante que administra por cuenta de éste, y se encuentra
bajo su dependencia.
Fallido: comerciante en estado de quiebra.
Falta de probidad: ausencia de honradez.
Federación o confederación
sindical de trabajadores: organización o asociación conformada por
trabajadores que se unen para la protección de los intereses que les son
comunes.
FIANZA: Contrato por el cual una persona se obliga a cumplir determinada
obligación impuesta a otra, en el caso de que esta última no la cumpla.
Fisco:
denominación que se da al Estado en cuanto titular del patrimonio hacendario.
Fuerza mayor: acontecimiento que
no ha podido preverse o que previsto no ha podido evitarse.
FOLIO: Cada una de las caras o páginas de un expediente o proceso.
FRAUDE: Acto de mala fe por medio del cual se engaña a alguien y se obtiene
una ventaja o un lucro indebido.
G
Ganancias
Fortuitas: enriquecimientos provenientes del acaso, de apuestas
lícitas.
GARANTÍA: Responsabilidad que asume una persona de asegurar a otra el disfrute
de algo.
Gratificaciones: recompensas por servicios
prestados.
H
HEREDERO: Persona que tiene derecho, según la ley, a recibir los bienes de una
persona que ha muerto
Herencia Yacente:
cuando los herederos no han entrado aún en posesión de la misma.
Hipoteca: garantía que otorga el deudor a su
acreedor, de carácter formal, que se constituye sobre un bien inmueble.
Homologación al convenio: aprobación,
consentimiento, rectificación del convenio para su debida eficacia.
Honorarios Profesionales:
contraprestación por la ejecución de actividades sin relación de
dependencia.
I
IDÓNEO: Persona o cosa que es apta
o capaz para producir determinados efectos jurídicos.
Impuesto: es la
obligación pecuniaria que el Estado en virtud de su poder de imperio exige a
los ciudadanos, para la satisfacción de sus necesidades generales.
Impuesto causado: es el impuesto
que debe pagar un sujeto por haberse configurado los elementos de los cuales
depende el nacimiento del mismo.
INCESTO: Delito que comete quien sostiene relaciones sexuales con una persona
a quien se haya unido por los lazos de la sangre.
INCOAR: Iniciar un proceso.
INCOMPETENCIA: Falta de jurisdicción de un Juez para conocer de un juicio
determinado.
INDEMNIZACIÓN: Cantidad que debe entregarse a una persona para compensarla de
un daño o perjuicio que se le ha ocasionado.
Indice de Precios al Consumidor: Es un
indicador estadístico que mide el cambio promedio registrado en un período
determinado, en los precios a nivel del consumidor, de una lista de bienes y
servicios representativos del consumo familiar, con respecto al nivel de
precios vigente para un año escogido como base. Es el índice más comúnmente
utilizado para realizar los ajustes de inflación o cambios de poder de compra
de la moneda de curso legal.
INDICIADO: Persona determinada para averiguaciones por suponer las autoridades
que está complicada en algún delito.
INDICIO: Acción o señal que da a conocer lo oculto.
Inflación: Es
un proceso caracterizado por un aumento generalizado y continuo de los precios
de los bienes y servicios que se comercializan en el país. La inflación puede
ser medida a través de indicadores de precios tales como el Indice de Precios
al Consumidor, el Indice de Precios al Mayor y el Indice de Precios al
Productor. El indicador mayormente utilizado en Venezuela para medir el nivel
de inflación es el Indice de Precios al Consumidor.
Ingresos gravables: es el enriquecimiento sujeto a
impuesto.
Injuria: agravio, ofensa,
ultraje de palabra o de obra, con intención de deshonrar, afrentar, envilecer,
desacreditar, hacer despreciable o sospechosa a otra persona, ponerla en
ridículo o mofarse de ella.
INMUNIDAD: Privilegio acordado por la ley a ciertas personas.
INOCENTE: Que no es culpable
INSOLVENCIA: Estado de una persona o de una empresa que, por tener más deudas
que recursos, se halla en la imposibilidad de cumplir con sus obligaciones.
INSTANCIA: Ejercicio de la acción judicial desde la demanda hasta la sentencia
definitiva.
INSTRUCCIÓN: Serie de diligencias o trámites que deben practicarse en los
juicios penales con el fin de establecer la inocencia o culpabilidad del
acusado y poder emitir sentencia.
INTERDICCIÓN: Restricción impuesta judicialmente a una persona a causa de
enfermedad, situación económica, etc., en virtud de la cual queda privada del
ejercicio de los actos jurídicos en su vida civil.
Intereses Moratorios: intereses destinados
a reparar el perjuicio resultante de la mora en el cumplimiento de la
obligación.
INTERLOCUTORIA: La sentencia que falla un incidente, en contraposición a la
definitiva que decide el juicio en lo principal.
INTERPELACIÓN: Requerimiento que ordena el Juez se haga a una persona para que
ejecute o deje de ejecutar algo, entregue alguna cosa, etc.
INTERROGATORIO: Serie de preguntas hechas en un tribunal a un testigo para
esclarecer hechos o circunstancias de un juicio, y las respuestas dadas.
INTESTADO: La persona que muere sin dejar testamento, así como la sucesión
hereditaria del que muere intestado.
INTIMACIÓN: Notificación, advertencia o aviso que hace una autoridad para que
se cumpla o ejecute algo, advirtiendo que se empleará la fuerza si no se
cumple o ejecuta lo ordenado.
Inventario:
conjunto de mercancías destinadas a la venta.
J
Jornada Ordinaria de Trabajo: Número de horas que durante la semana deben completarse legalmente en las
actividades laborales.
Jornales: Salarios; emolumentos
que percibe el trabajador por su trabajo, computados en plazo mayor al de una
jornada.
JUEZ: Funcionario judicial investido de jurisdicción para conocer, tramitar y
resolver los juicios, así como para ejecutar la sentencia respectiva.
JUICIO: Declarar o aplicar el derecho en concreto.
JUICIO EN REBELDÍA: El que se lleva a cabo cuando el demandante o el demandado
han sido declarados rebeldes por no presentarse o no acatar las disposiciones
del Juez.
JURADO: Tribunal encargado de administrar justicia.
JURISDICCIÓN: Potestad que tienen los Jueces y Tribunales para administrar
justicia, así como la extensión y limitaciones de esta potestad.
JURISTA: Persona que se ha consagrado al conocimiento del derecho o que lo
practica. El que estudia o profesa la ciencia del derecho.
JUZGADO: Órgano estatal atendido por una sola persona y encargado en primera o
única instancia de la administración de justicia. El Tribunal que consta de un
solo Juez o sea el órgano de la administración de Justicia que tiene a la
cabeza a un solo Juez, que es quien conoce de los juicios y pronuncia las
sentencias.
L
LEGADO: Disposición testamentaria en la que el autor de un testamento otorga a
alguien algún bien o servicio.
LEGALIZACIÓN: Anotación puesta en un documento por el funcionario
correspondiente, para hacer constar que la firma o firmas que en aquél
aparecen, son auténticas y también para acreditar el carácter del funcionario
que expidió el documento.
Liberalidad: entrega de bienes propios
hecha a favor de una persona sin pretender compensación alguna.
LICENCIA: Autorización oficial para ejercer determinada actividad por un
periodo dado.
LITIGANTE: El que defiende una causa ante un tribunal en su propio nombre o en
representación de otras personas.
LITIGIO: Cualquier pleito, controversia o contienda judicial.
M
MAGISTRADO: Funcionario Judicial que forma parte de un Tribunal.
MALVERSACIÓN: Acción de disponer indebidamente del dinero ajeno que una
persona tiene en su poder como depositario, funcionario, administrador, etc.
Mandante:
persona que encarga al mandatario a ejecutar uno o más negocios por su cuenta.
Mandatario: persona que se obliga a ejecutar uno o
más negocios por cuenta y por encargo del mandante.
Mandato: contrato por el
cual una persona se obliga a ejecutar uno o más negocios por cuenta de otra
que le ha encargado de ello.
MANOS MUERTAS: Bienes que no pudiendo ser enajenados por sus propietarios
quedan fuera de circulación comercial.
MATRIMONIO POR PODER: El que se realiza por medio de un representante del
contrayente que no puede asistir en persona a la celebración del acto.
MAYORÍA DE EDAD: Edad a la que una persona es reconocida por la ley como
plenamente apta para ejercer sus derechos.
Mercado extrabursátil:
aquel en el que las transacciones se realizan fuera de bolsa.
Mercado bursátil: aquel en el que
las transacciones se realizan en bolsa.
MINISTERIO PUBLICO: Funcionarios encargados de representar en los procesos
jurídicos los intereses públicos o sociales.
Mora: retardo culposo en el cumplimiento de
una obligación.
MORATORIA: Suspensión o prórroga general acordada por el Gobierno, en vista de
algunas circunstancias graves o situaciones críticas, al cumplimiento de
determinadas obligaciones.
N
NEGANTE: Testigo que niega la pregunta que se le hace.
Negligencia grave: omisión de la diligencia
o cuidado que debe ponerse en el trabajo u oficio, olvido de órdenes o
precauciones.
NEPOTISMO: Favor y protección desmedida de un funcionario público hacia sus
familiares y amigos colocándolos en puestos oficiales.
NEUTRAL: Persona que no toma parte en un litigio.
NOMINA: Lista de personas o cosas. Documento que sirve para el pago de sueldos
o empleados en general, y en que constan sus nombres, sus cargos y sus
sueldos.
NORMA: Regla de conducta dictada por una autoridad legítima.
NOTIFICACIÓN: Acto en que, con las formalidades legales, se comunica a los
interesados una resolución de carácter judicial o administrativo. Medio legal
por el cual se da a conocer a las partes o a un tercero el contenido de una
resolución judicial.
O
OBJECIÓN: Oposición por parte de un abogado a que se haga una pregunta a un
acusado, o a la forma en que se hace la pregunta.
Obligación:
relación jurídica en virtud de la cual una persona (deudor) se compromete
frente a otra (acreedor) a cumplir en su beneficio una determinada conducta o
actividad; financieramente se entiende por tal el título de crédito,
nominativo o al portador, emitido con la finalidad de captar fondos para poder
hacer frente a inversiones.
Obligación de dar: aquella que tiene por objeto la
transmisión de la propiedad u otro derecho real.
Obligación de hacer: aquella en la que la prestación
del obligado consiste en la realización de una conducta o actividad distinta a
la transmisión del derecho de propiedad o de otro derecho real (construir un
edificio, entregar una cosa, entregar una suma de dinero).
Obligación de no hacer:
aquella que consiste en la realización de una prestación negativa por parte
del obligado (un no hacer).
OBLIGACIONES: Relaciones jurídicas que se establecen entre dos personas por
medio de cualquier tipo de contrato.
OLÓGRAFO: Documento escrito en su totalidad por su autor.
ORDEN: Mandato superior que se debe obedecer y ejecutar por los inferiores.
P
Parte: Persona interesada en un juicio y que sostiene en él sus pretensiones,
compareciendo por si mismo o por medio de otras que la representan real o presuntivamente.
Pasivo: importe
total de las deudas y gravámenes que tiene contra sí una persona o entidad;
parte del balance que recoge las fuentes de financiamiento de una persona.
Pasivo Monetario: pasivo expresado en moneda
nacional que con ocasión del transcurso del tiempo y la inflación produce
ganancias que se reflejan de inmediato en los estados financieros.
Pasivo No Monetario:
pasivo que se protege de la inflación (deudas reajustables o en moneda
extranjera).
Patente: Título que otorga el gobierno al autor de ciertos inventos, con el
fin de asegurarle el derecho exclusivo de explotación durante un periodo
determinado.
Patente: concesión que otorga el derecho de
explotación de una creación, invento o descubrimiento.
Patrimonio: representa todos los bienes que
pertenecen a una persona o empresa y que pueden ser apreciables en dinero.
Suma de bienes o riquezas que pertenecen a una persona, así como el conjunto
de sus derechos y obligaciones.
Patrocinio: Defensa que hacen los abogados de los derechos de sus clientes,
sean cuando actúen estos últimos como actores o como demandados.
Pecuniaria:
concerniente al dinero.
Período Preoperativo de un negocio:
el que transcurre para la inversión, instalación y puesta en marcha de la
empresa.
Perjuicio: Ganancia o utilidad que con razón era esperada y que por la acción
de alguien ha dejado de obtenerse.
Persona Natural:
persona física.
Persona Jurídica: entidad
colectiva o moral producto de la asociación de personas físicas con tal
objeto, que nace independiente de las personas físicas que la integran y con
personalidad jurídica.
Petición: Toda cuestión que la parte somete al Juez, todo punto sobre el cual
le pide que pronuncie un juicio lógico.
Plazo: Término o espacio de tiempo que se concede a las partes para responder
o probar lo expuesto y negado en el juicio.
Ponente: Miembro de un colegio judicial a quien confía la ley determinadas
atribuciones por la necesidad de imprimir al desarrollo del procedimiento
mayor flexibilidad de la que permite, en principio, la índole pluri-personal
del Tribunal.
Postulante: Abogado que tiene un bufete o trabaja en forma independiente y
litiga a nombre de sus clientes.
Postor: Persona que pone u ofrece precio a alguna cosa que es vendida o
arrendada en substa judicial.
Postura: El precio que se señala a cualquier cosa, como asimismo el modo,
pacto o condición que se pone entre
dos o más contratantes.
Potestad: Facultad de tomar una decisión.
Potestad Tributaria: fundamento de la
exigencia del pago de tributos.
Préstamo: Contrato por el que una persona facilita a otra determinada cantidad
de dinero que ésta habrá de devolverle.
Procedimiento: Conjunto de formalidades o trámites que constituyen los actos
jurídicos.
Procurador: Abogado que cumple en un proceso la misión de representar a una de
las partes.
Promoción: Actividad encaminada a iniciar o abrir un proceso o proseguirlo
hasta su conclusión.
Promulgación: Acto de un jefe de estado mediante el cual ordena la publicación
de un acuerdo o de una ley aprobada por el Poder Legislativo.
Prórroga: Aplazamiento de la realización de una diligencia o de un acto por
una razón determinada.
Protocolo: Libro o conjunto de libros en que un Notario asienta las escrituras
públicas.
Prescripción: modo de extinción de las
obligaciones por el transcurso del tiempo establecido legalmente, durante el
cual el acreedor no ejecuta actos de cobro que permitan interrumpir el curso
de aquella.
Prueba Todo aquello que sirve para establecer la veracidad de una declaración
o la existencia de un hecho.
Pujar: Acción de los postores mediante la cual aumentan el precio de su
postura.
Q
Quiebra: estado del comerciante que cesa en
el pago de sus obligaciones mercantiles.
Quita
y Espera: Reducción del monto de los créditos que hacen los acreedores a
un deudor que se encuentra en estado de quiebra o de concurso y los
plazos que
le conceden para el pago de los mismos.
Quórum: Número de personas o de votos necesarios para llevar a cabo una
reunión o asamblea.
R
Ratificación: Acto jurídico que convalida un acto nulo, cuando la causa de la
nulidad consiste en la falta de legitimación o de capacidad de la persona que
lo ejecutó.
Recaudación: monto que ingresa al acreedor
de la obligación tributaria.
Reconocimiento: Aceptación expresa o tácita de una obligación o del derecho
que compete al colitigante, y
también de la autenticidad de un documento o de
algún hecho litigioso.
Reconvención: Demanda que el demandado endereza en contra del actor,
precisamente al contestar la demanda.
Recusación Facultad reconocida en un proceso a las partes para no aceptar que
sea determinado Juez el que de él se encargue, en virtud de obrar algún
impedimento o haber alguna razón que haga dudar de su imparcialidad.
Regalía: cantidad que se paga en virtud del
uso o goce de patentes, marcas, derechos de autor, procedimientos o derechos
de exploración o explotación de recursos naturales.
Remate: Ultima postura en una subasta a la que se adjudica el objeto que se
halla en venta.
Renta o enriquecimiento: ganancia que
obtiene un contribuyente al final del ejercicio.
Repregunta: Réplica o segunda pregunta que se hace sobre un mismo asunto o
materia.
Representación: Carácter con el cual una persona puede realizar un acto
jurídico a nombre de otra a quien llama su representado.
Repudio. Repudiación: Acto judicial o extrajudicial por el cual se declara que no se
acepta la herencia.
Requerimiento: Acto de un Juez con objeto de intimar a una persona para que
haga o deje de hacer determinada cosa, pudiéndolo hacer un actuario en su
representación.
Rescisión: Procedimiento jurídico encaminado a poner fin a un contrato a causa
de circunstancias externas que pueden ser perjudiciales para alguno de los
contratantes o por el incumplimiento de uno de ellos.
Reservas:
apartados de las utilidades de una sociedad para reforzar la situación
económica de la misma y hacer frente a eventuales crisis; la reserva legal se
establece para aumentar las garantías de los acreedores sociales; la reserva
busca asegurar la estabilidad financiera de la empresa en períodos de
dificultades económicas, o prevenir el efecto negativo de sucesos
extraordinarios que pudiesen quebrantar la solvencia de la empresa.
Reporto: operación de crédito
mediante la cual una persona puede obtener dinero entregando títulos de
crédito de su propiedad a un banco o institución financiera, quien adquiere la
propiedad de tales títulos más un beneficio.
Residencia: Lugar donde mora habitualmente una persona.
Responsabilidad Civil: Obligación que recae sobre una persona de reparar los
daños causados a otra por su culpa, por determinadas circunstancias o por
otras personas de cuyos actos debe responder.
Responsabilidad solidaria: Cuando
cualquiera de los responsables puede ser obligado a responder por la
totalidad.
Revocación: Acto jurídico en el que una persona se retracta de algo que había
convenido o declarado.
S
Sala: Uno de los órganos constitutivos del Tribunal Superior de Justicia o sea
el conjunto de Magistrados que actúan como cuerpo colegiado, en los negocios
de su competencia, para conocer de ellos y sentenciarlos.
Salario: remuneración, provecho o ventaja
que corresponde al trabajador por la prestación de su servicio.
Salvar: Poner al fin de un escrito o actuación judicial una nota para
ratificar como bien escrito lo que se ha puesto entre renglones y nulificar lo
que aparece testado en el cuerpo del documento.
Sanción: Pena o castigo aplicado al que desobedece una ley o comete un acto
delictivo.
Sanciones: penas impuestas por los órganos
competentes con sujeción a los procedimientos establecidos en la legislación.
Sanciones jurídicas: Consecuencias jurídicas que se producen por la violación
de la norma y que tienen por objeto restablecer el orden legal o evitar una
futura violación del mismo.
Secretario: Funcionario judicial que tiene a su cargo dar fe de los actos y de
las resoluciones del Juez, para que éstos gocen de autenticidad y eficacia
jurídicas.
Secuestro: Depósito que se hace de una cosa en litigio, en la persona de un
tercero, mientras se decide a quien pertenece.
Servidumbre: Derecho ajeno que limita el dominio del propietario de un predio.
Servicios Tecnológicos: Concesión de
elementos técnicos sujetos a patentamiento, para su uso y explotación.
Sevicia: Actos vejatorios realizados con crueldad.
Sindicato:
organización o asociación profesional compuesta o integrada por personas que,
ejerciendo el mismo oficio o profesión u oficios o profesiones similares o
conexos, se unen para el estudio y protección de los intereses que les son
comunes.
Sindicato o asociación de patronos: sindicato
formado por la parte capitalista de la producción, por los empresarios a cuyas
órdenes y por cuya retribución prestan servicios los trabajadores.
Síndico: encargado de liquidar el activo y el pasivo
del comerciante fallido.
Sobresueldo: salario que se añade al sueldo fijo.
Sociedad irregular o de hecho: compañía que no tiene
personalidad jurídica propia e independiente de quienes la constituyen, por no
haberse cumplido las formalidades establecidas a dicho fin en la legislación.
Sociedad en nombre colectivo:
sociedad cuyas obligaciones están garantizadas por la
responsabilidad ilimitada y solidaria de todos los socios.
Sociedad en comandita simple:
sociedad cuyas obligaciones están garantizadas por la
responsabilidad ilimitada, solidaria y subsidiaria de uno o más
socios (comanditantes) y por la responsabilidad limitada de
otro u otros (comanditarios).
Sociedad en comandita por acciones:
sociedad en comandita en la cual el capital de los socios
comanditarios está representado en acciones.
Sociedad anónima: compañía mercantil constituida por
personas cuya responsabilidad está limitada a los aportes que
realizan para la consecución de un fin económico común, mediante la
realización de actos de comercio.
Sociedad de responsabilidad limitada:
compañía mercantil cuyas obligaciones están garantizadas por un capital
determinado (no menor de veinte mil bolívares ni mayor de dos millones de
bolívares), dividido en cuotas de participación.
Subastador: quien organiza actos de subasta o de
adjudicación de bienes o servicios al mejor postor.
Subrogación: sustitución
en una relación de derecho, de una cosa en lugar de otra, o de una persona en
vez de otra.
Sucesión Legítima: La que se difiere por la ley, en contraposición a la
que tiene su origen en el testamento.
Supérstite: Cónyuge que sobrevive a la muerte del otro.
Sueldo:
Remuneración, provecho o ventaja
que corresponde al funcionario público por la prestación de su servicio.
T
Tachas: Condiciones personales de los testigos o de los peritos y las
circunstancias de sus declaraciones o de las diligencias respectivas, que
restan valor probatorio a la prueba.
Tarifa: escala
contentiva de las alícuotas impositivas.
Tasa: tributo que se paga en virtud de un servicio
específico prestado por el Estado y disfrutado por el contribuyente.
Tasa de interés:
porcentaje que se aplica para obtener la ganancia en dinero o apreciable en
dinero que un inversionista obtiene de actividades profesionales o de
transacciones mercantiles o civiles; remuneración por el uso del dinero.
Testigo: Persona que directamente, por haber visto u oído, ha tenido
conocimiento de un hecho, y que, bajo protesta de decir verdad, lo declara en
un juicio.
Tipo de cambio:
precio relativo de las monedas; precio de la moneda de un país expresado en
términos de la moneda de otro país.
Títulos de Crédito: Títulos Valores: efectos o
documentos de contenido crediticio, que representan derechos a favor de sus
beneficiarios.
Títulos de Deuda Pública: títulos emitidos por el
Estado con la finalidad de obtener recursos en calidad de préstamo.
Títulos Desmaterializados:
títulos que no tienen existencia documental, y que se negocian a través de
anotaciones en cuenta que centraliza una institución autorizada a tales
efectos.
Títulos Ejecutivos: Son los que traen aparejada ejecución judicial o sea el
que obliga al Juez a pronunciar un auto de ejecución si así lo pide la persona
legitimada en el título o su representante legal.
Títulos Valores:
efectos o documentos que representan derechos a favor de sus beneficiarios
créditos, o la propiedad u otros derechos reales, o la participación en
negocios.
Traslación impositiva: es la
acción de imputar al precio de los bienes y servicios los impuestos pagados
como un elemento de costo; en el I.V.A., es la obligación que tienen los
contribuyentes de cobrarles a los consumidores el monto de los impuestos
pagados.
Traslado: Comunicación o conocimiento que se da a alguno de los litigantes de
lo pedido o expuesto por el otro, a fin de que el primero haga valer sus
derechos; y también la comunicación de los documentos exhibidos por la
contraparte, siempre con el mismo objeto.
Tratado: Acuerdo o convenio escrito entre dos o más países.
Tribunales: Cortes o grupos de Jueces o Magistrados encargados de impartir
justicia, cada uno dentro de su propia jurisdicción .
Tribunal de Apelación: Aquel ante el cual se puede apelar de un acuerdo o una
sentencia emitida por uno de los Jueces que están bajo su jurisdicción.
Tributos:
ingresos del Estado en virtud de su poder soberano, adquiridos de las
economías de los particulares; su fuente es de naturaleza coercitiva y se
clasifican en impuestos, tasas y contribuciones.
Tutor: el que representa
legalmente a personas que no están bajo la patria potestad de nadie, que
requieren protección de, por lo menos, algún interés no patrimonial.
U
Unidad
Tributaria: elemento técnico que utiliza la legislación para actualizar y
corregir anualmente las bases de cálculo de tributos, multas y demás
prestaciones dinerarias debidas al Estado.
Usurpar: Acción de apoderarse de una cosa ajena, generalmente por medio de la
violencia, las amenazas o clandestinamente.
Usufructo: Derecho temporal que ejerce alguien para aprovechar y disfrutar
algo que no le pertenece y que deberá devolver a su dueño dentro de un término
estipulado.
Usura: Préstamo de dinero a tasas de interés excesivo.
Uso
local: prácticas o reglas de conducta e interpretación seguidas en un lugar
por todos sus habitantes o la generalidad; y más especialmente, por los
dedicados a una determinada actividad: agraria, pecuaria, mercantil etc.
Usufructo: derecho real de usar y gozar de una cosa cuya propiedad pertenece a
otro, con tal que no se altere su sustancia.
Utilidades: ganancias de una sociedad al cierre del ejercicio.
V
Valores
Monetarios: valores expresados en moneda.
Valor
Nominal: es el valor facial de un activo, esto es, el valor que representa, o
valor inscrito en el texto de un título; habitualmente no coincide con el
valor de mercado.
Venia: Permiso que concede el Juez a determinadas personas para ejercitar una
acción o celebrar un contrato.
Venta:
contrato mediante el cual una persona se obliga a transmitir a otra la
propiedad de un bien o derecho.
Venta judicial: Es la que se celebra por medio de un remate público, subasta o
almoneda que se lleva a cabo por mandato judicial.
Venta
con reserva de dominio: transmisión de la propiedad de un bien, reservándose
el vendedor su dominio ante el incumplimiento del comprador.
Veredicto: Decisión emitida por un Jurado después de haber deliberado.
Veto: Facultad que las constituciones de algunos países conceden al Jefe del
Ejecutivo para objetar una ley aprobada por el Congreso.
Vías de
Hecho: justicia por la propia mano; atentado de toda índole contra el derecho
ajeno y contra las personas; violencia.
Vista: Reconocimiento primero que se hace ante el Juez o Tribunal con relación
de los autos y defensas de las partes para sentencia.
Vitalicio: Perpetuo; que dura desde que se obtiene hasta el fin de la vida.
Glosarios:
Ambiental
Automóviles
Bursátil
Fianzas
Financiero
Fiscal
Informático
Inversión
Jurídico
Seguros
Útiles:
Legislación
Buscadores en Internet
Boletines